VIA EJECUTIVA MERCANTIL.
Las convenciones mercantiles constituyen un título para el ejercicio de una acción, en caso de incumplimiento de ellas; pero la vía ejecutiva se reserva a las acciones que se fundan en alguno de los títulos o documentos enumerados en el artículo 1391 del Código de Comercio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345607-26d31d50/via-ejecutiva-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1477/47. Savage James A. 25 de agosto de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Carlos I. Meléndez.
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