Corpus
Modo: Corpus Pro

NOTIFICACIONES PERSONALES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 346645 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1578

Si entre la fecha de la actuación inmediata anterior a la sentencia y la en que se pronunció esta, transcurrieron más de dos meses, la propia sentencia debió notificarse personalmente, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 114, Fracción III, del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/346645-150f6940/notificaciones-personales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 2154/45. Fernández Máximo. 14 de agosto de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Ver: Artículo 114, Fracción III, Del Código de Procedimientos Civiles Del Distrito Federal de 1932.

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