PRESCRIPCION POSITIVA, INTERRUPCION DE LA (DESISTIMIENTO, EFECTOS DEL).
No puede considerarse interrumpido el término de la prescripción adquisitiva de la propiedad, por la circunstancia de haberse promovido en contra del poseedor, un juicio de nulidad, del título de su posesión, consistente en una escritura de compraventa, si la parte actora, en ese juicio de nulidad, desistió de su acción; sin que importe que el mismo juicio hubiera concluido por convenio judicial, si en ese convenio se estipuló el desistimiento de la acción, que se produjo al ser aprobado el propio convenio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347299-35aa9619/prescripcion-positiva-interrupcion-de-la-desistimiento-efectos-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRESCRIPCION POSITIVA. (s/clave)
- PRESCRIPCION ADQUISITIVA. SU INTERRUPCION CON MOTIVO DE LA PRESENTACION DE LA DEMANDA DE REIVINDICACION. (s/clave)
- PRESCRIPCION, INTERRUPCION DE LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA Y NULIDAD. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA, INTERRUPCION DE LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA, UNA VEZ CONSUMADA NO PUEDE INTERRUMPIRSE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis