DIVORCIO EN MORELOS, CITACION A LA DILIGENCIA DE POSICIONES EN LOS JUICIOS DE, CUANDO EL DEMANDADO HA SIDO DECLARADO REBELDE.
Si la parte demandada en un juicio de divorcio fue emplazada legalmente en su domicilio, en la ciudad de México, y la propia demandada contestó a la demanda ante el Juez de Cuernavaca, pero lo hizo extemporáneamente, por lo que se le declaró rebelde, quedando firme esa determinación en tales condiciones, declarada la rebeldía, el Juez de Cuernavaca estuvo en lo justo al aplicar el artículo 15 de la Ley de Divorcio del Estado, y citar por cédula a la demandada, para absolver posiciones, y si esta no concurrió a la diligencia, la resolución que la declaró confesa, esta arreglada a derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347455-4a6934c2/divorcio-en-morelos-citacion-a-la-diligencia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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