PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA.
El testimonio de una persona, producido en términos de ley, es, por la ley misma, un elemento de prueba eficaz, a menos que la declaración sea incongruente o contradictoria con las de los otros testigos, o que quien la produce, sea inhábil por liga de parentesco o de interés con alguna de las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347754-3f8ac8f5/prueba-testimonial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4137/40. Harriott Wilson Jack. 22 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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