CONTRAFIANZA EN EL AMPARO, GASTOS DE LA.
Aunque la fracción II del artículo 126 de la Ley de Amparo se refiere expresamente al importe de las estampillas causadas en certificados de libertad de gravámenes y de valor fiscal de la propiedad, cuando hayan sido expresamente recabados para el caso, con los que un fiador particular haya justificado su solvencia, también deben comprenderse entre los gastos a que se refiere dicha fracción, los derechos por expedición de los certificados de libertad de gravámenes, con los que la contrafiadora acreditó su solvencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347828-89e9dd22/contrafianza-en-el-amparo-gastos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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