FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
Si el Juez de Distrito, al fijar la fianza, no dio ninguna razón o fundamento para determinar su monto, es procedente revocar el punto decisorio respectivo de la interlocutoria, a efecto de que lo fije dando las razones y fundamentos legales que estime procedentes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348342-74c33714/fianza-en-el-amparo-monto-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9642/45. Quiroz Manuel. 12 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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