ALBACEAZGO, TERMINACION DEL.
De acuerdo con la ley, el albacea tiene la obligación final de repartir y adjudicar los bienes entre los herederos y legatarios, y practicada la partición y la adjudicación de los bienes entre esas personas, concluye el albaceazgo. Por otra parte, el albacea está obligado a representar a la sucesión en todos los juicios que se promovieren en nombre y en contra de ella, en tanto que exista, pero una vez terminada la sucesión, cesa esa representación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350251-dd253c5c/albaceazgo-terminacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1558/43. Romo Vivar Pedro. 5 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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