APELACION MERCANTIL, AGRAVIOS EN LA.
Si el tribunal de alzada señalado como responsable en el amparo, omitió en su sentencia, el estudio de pruebas, invocadas expresamente por el apelante en sus agravios, y no hizo el análisis de éstos, en la forma en que le fueron propuestos, debe concederse la protección federal, por violación del artículo 1328 del Código de Comercio, que prohibe a los Jueces y tribunales omitir la resolución de las cuestiones que hayan sido discutidas en el pleito; sin que importe que el agraviado equivocadamente haya citado como violado el artículo 1329 del mismo código, si precisó el hecho concreto de la violación, por ser fácilmente identificable el texto de la ley violada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350348-8df88dc7/apelacion-mercantil-agravios-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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