Corpus
Modo: Corpus Pro

HIJOS MENORES DE CINCO AÑOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA EL AUTO QUE ORDENA QUE DEBEN QUEDAR AL CUIDADO DE LA MADRE (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).

Clave: — · Registro digital (IUS): 350526 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5777

El artículo 260 del Código Civil del Distrito y Territorios Federales, preceptúa en forma terminante, que los hijos menores de cinco años deben quedar forzosamente al cuidado de la madre, salvo circunstancias especiales que el Juez deberá calificar, cuando no sea conveniente al menor que quede al cuidado de aquélla, y siendo esa disposición de orden público, es claro que no puede contrariarse por medio de la suspensión, pues entonces se infringiría lo dispuesto en la fracción II del artículo 124, de la Ley de Amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350526-79d0369d/hijos-menores-de-cinco-anos-improcedencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 548/44. Limón Jorge R. 20 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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