AMPARO, CUESTIONES QUE DEBEN TRATARSE EN EL.
Los Jueces de Distrito no pueden declarar en la vía de amparo, la validez o nulidad de actuaciones judiciales, sin que el punto haya sido previamente debatido y resuelto en juicio contradictorio y ante Juez competente, porque el juicio de amparo no tiene por fin decidir controversias de derecho, sino juzgar de la constitucionalidad de los actos de las autoridades responsables, al definir los propios derechos, o, en otros términos, el amparo como recurso constitucional sólo tiene por materia de fondo las garantías individuales, para lograr su respeto por órganos del poder público y no la definición de derechos subjetivos privados, que no entrañan, en sí mismos, esas garantías. Así pues, no es una instancia ni de primero ni de segundo grado, aunque el amparo las contenga procesalmente, en orden a su función.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350858-e16c8fb0/amparo-cuestiones-que-deben-tratarse-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO. (s/clave)
- SENTENCIAS DE AMPARO. (s/clave)
- AMPARO, MATERIA DEL (CONCEPTOS DE VIOLACION). (s/clave)
- SENTENCIAS DE AMPARO. (s/clave)
- AMPARO. (s/clave)
- AMPARO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis