COMPETENCIA EN AMPARO.
Las cuestiones de competencia en amparo, no pueden resolverse mediante el recurso de revisión que se interponga contra la sentencia que el Juez de Distrito haya dictado en esos juicios, sino mediante el procedimiento que señala el capítulo VI de la Ley Orgánica de los Artículos 103 y 107 Constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351084-b52a1b8b/competencia-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 6279/ 42. Ortiz Bolán Felipe. 20 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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