EMBARGO DE INMUEBLES, PROPIEDAD DE LAS RENTAS EN CASO DE.
La situación jurídica que crea el secuestro judicial de un inmueble, no permite el ingreso al patrimonio de ninguno de los contendientes, de las rentas que produce dicho inmueble, las cuales son de la propiedad del embargado, hasta que la adjudicación resuelva sobre este punto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351447-61fa81ca/embargo-de-inmuebles-propiedad-de-las-rentas-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6552/39. Santibáñez Felipe. 12 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Felipe de Jesús Tena Ramírez no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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