AGRAVIOS, LO QUE DEBE CONSIDERARSE COMO TALES.
Las relaciones de hechos que se expongan en el escrito de expresión de agravios, no constituyen, jurídicamente hablando, agravios, puesto que en éstos, es preciso que se invoque la infracción de algún precepto legal, a fin de examinar si en la sentencia recurrida, se incurrió, o no, en una violación de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352651-55bda2d9/agravios-lo-que-debe-considerarse-como-tales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1214/30. Guiza de Vargas Victoria. 7 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: José María Mendoza Pardo.
Jurisprudencia relacionada
- AGRAVIOS. (s/clave)
- AGRAVIOS, MODO DE EXPRESARLOS. (s/clave)
- AGRAVIOS. (s/clave)
- AGRAVIOS. (s/clave)
- AGRAVIOS. (s/clave)
- AGRAVIOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis