SOCIEDADES MERCANTILES, LIQUIDACION DE LAS.
El ejercicio de la acción que tienen los socios para pedir que se declare que una sociedad se encuentra en el estado de liquidación, no tiene más efecto que el de lograr el nombramiento de los liquidadores, pues estos entre las funciones que les señala el artículo 242 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, tiene la de cobrar lo que se debe a la sociedad y pagar lo que ella deba, así como la de exigir del administrador y de todos los que hayan tomado parte en la gestión de los negocios de la sociedad, la cuenta que están obligados a rendir.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353162-e11e6345/sociedades-mercantiles-liquidacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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