DOMICILIO DE LA MUJER CASADA.
Aunque la mujer casada está obligada a vivir con su marido, si no lo sigue a lugar distinto del domicilio conyugal y permanece en éste, no puede sostenerse que haya adquirido el nuevo domicilio del marido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353417-2602ca9f/domicilio-de-la-mujer-casada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 603/41. Montes de Oca Sara. 11 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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