Corpus
Modo: Corpus Pro

APREMIO, APLICACION DE LOS MEDIOS DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 353599 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2946

El artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Distrito y Territorios Federales, no limita la facultad de los Jueces para emplear los medios de apremio que estatuye, únicamente en contra de las partes en el juicio , pues tal precepto se ha interpretado ya por esta Suprema Corte, en el sentido de que dichos medios de apremio pueden hacerse efectivos también contra cualquier tercero que se encuentre ligado al procedimiento y que tenga obligación de cumplir alguna determinación que se dicte por el Juez, como sucede en el caso de que los bienes embargados en un juicio, hubieran pasado en forma completamente irregular y sin motivo legal alguno, a manos de un tercero, pues en tal caso, debe estimarse que este tercero tiene la obligación de entregar dichos bienes al depositario designado en el juicio, y si se resiste a hacer tal entrega, el Juez puede obligarlo a cumplir con esa obligación, usando los medios de apremio correspondientes.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353599-48e49495/apremio-aplicacion-de-los-medios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 2407/41. Umansky Julio. 22 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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