PERSONA EXTRAÑA AL PROCEDIMIENTO, JUSTIFICACION DE SU INTERES JURIDICO PARA PROMOVER AMPARO.
Si en la demanda de amparo promovida por un tercero extraño al procedimiento, se expresa que con los documentos que a aquélla se acompañan se demuestra la propiedad del quejoso, sobre los bienes a que se refiere el amparo, y que con tal carácter está en posesión de dichos bienes, basta esa aseveración de ser poseedor y la de que es ajeno al procedimiento, para que el Juez de Distrito dé entrada a la demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354888-ee6af076/persona-extrana-al-procedimiento-justificacion-de-su-interes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 598/39. "El Toreo de México", S. A. 29 de enero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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