FIADORES, OBLIGACIONES DE LOS.
El hecho de que el inquilino adeude las rentas reclamadas y que el propio acreedor no instaure desde luego demanda en su contra, para hacerlas efectivas, y deje transcurrir más de dos meses desde que aquél se constituyó en mora, no puede entrañar el que tácitamente haya otorgado una espera y que por ello se extinga la obligación del fiador, por haberse concedido dicha espera al deudor principal, sin el consentimiento de aquél.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355009-7a19c648/fiadores-obligaciones-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5943/39. Revilla Ezequiel. 24 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- FIADOR EN EL ARRENDAMIENTO, OBLIGACIONES DEL. (s/clave)
- FIADOR EN EL ARRENDAMIENTO. (s/clave)
- FIADOR, OBLIGACIONES DEL. (s/clave)
- FIADOR EN EL ARRENDAMIENTO. (s/clave)
- FIADOR EN ARRENDAMIENTO, OBLIGACIONES DEL. (s/clave)
- FIADOR EN EL ARRENDAMIENTO, OBLIGACIONES DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis