FIADOR EN EL ARRENDAMIENTO, OBLIGACIONES DEL.
El contrato de arrendamiento prueba no sólo la existencia de ese contrato, sino también las obligaciones que contrae el inquilino y de las que se hace solidariamente responsable al fiador; en consecuencia, la presentación de dicho contrato, es bastante, por sí sola, para tener por demostrada la acción contra éste, toda vez que del expresado contrato, deriva el derecho del propietario para reclamar las rentas a que el mismo documento se refiere, y tal acción sólo puede ser destruida en el caso de que el demandado demuestre que el inquilino no ha ocupado la cosa arrendada, durante el tiempo por el que se le cobran las rentas o que hubiese pagado éstas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362793-6c2d4b37/fiador-en-el-arrendamiento-obligaciones-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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