AGRAVIOS EN LA REVISION.
Como la segunda instancia en el juicio de amparo, no tiene otro objeto que revisar la litis planteada en la primera, sin poder examinar nuevos elementos de violación que invoque el quejoso, deben rechazarse en aquélla, los agravios que no hayan sido materia propuesta al Juez de Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355144-7ed525b4/agravios-en-la-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2173/35. Banderas José Ignacio, sucesión de. 22 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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