CONTRAFIANZA EN AMPARO.
Al juzgar de su admisión, no debe entrar como elemento la importancia de la garantía que haya otorgado la parte contraria, puesto que sólo debe entenderse a la cuantía del negocio, para exigir que, con relación a ella, el contrafiador tenga bienes suficientes para cubrir las obligaciones que en su caso han de exigirse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355247-ad37042b/contrafianza-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 332/39. Barrios Ubaldo. 16 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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