ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL.
De los términos del artículo 2485 del Código Civil, se advierte claramente que el derecho de obtener una prórroga por un año más, concedida al inquilino que esté al corriente en el pago de sus rentas, lo otorga la ley en los casos en que no exista el incumplimiento de estipulación alguna del contrato; mas no cuando sucede lo contrario, pues sería absurdo permitir la prolongación de un contrato sólo por el oportuno pago de las rentas, a pesar de que aquél se estuviera violando en las demás cláusulas y condiciones pactadas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355424-5f78093e/arrendamiento-prorroga-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA IMPROCEDENTE DEL. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis