DIVORCIO, RECONCILIACION COMO CAUSA DE TERMINACION DEL.
Si bien es cierto que el perdón expreso o tácito del cónyuge ofendido, impide el divorcio, debe tenerse en cuenta que el mismo no puede tener fundamento en una carta del actor en el juicio, por la que se pide perdón y ofrece perdonar, con el fin de rehacer el hogar, si el mismo no se ha desistido de la demanda de divorcio, caso en que tal carta sólo puede considerarse como una proposición de reconciliación inaceptada, supuesto que el juicio ha seguido su curso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357451-d5b5778e/divorcio-reconciliacion-como-causa-de-terminacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6939/35. Mutiozábal Juan B. 15 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino por las razones que expresa el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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