EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS, NULIDAD DEL.
El hecho de que el secretario de un juzgado no haya podido localizar el domicilio señalado por el actor, para hacer el emplazamiento respectivo, no implica, ni con mucho, el que existiera ignorancia respecto de dicho domicilio; por otra parte, el señalamiento del mismo, hecho por el demandado, en un juicio diverso, en el que fue actor, no puede tener otro efecto que el que fueran firmes las notificaciones que en el lugar fijado se le hicieron, pero precisamente dentro del procedimiento relativo a aquel juicio, y no en otro; y el emplazamiento por medio de publicaciones, sólo es pertinente en los casos en que, ignorándose el domicilio del demandado, el mismo haya estado domiciliado en la entidad a que corresponde el órgano oficial en que se hace la publicación, ya que no es posible suponer, fundadamente, que los interesados estén en aptitud de enterarse del contenido de dichos órganos de publicidad, en toda la República.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358000-6a8ad9e7/emplazamiento-por-edictos-nulidad-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. (s/clave)
- EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. (s/clave)
- EMPLAZAMIENTO POR MEDIO DE EDICTOS. (s/clave)
- EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. (s/clave)
- EMPLAZAMIENTO VICIOSO. (s/clave)
- EMPLAZAMIENTO POR MEDIO DE EDICTOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis