Corpus
Modo: Corpus Pro

QUEJA EN EL DISTRITO FEDERAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 359440 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4995

De acuerdo con el artículo 726 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito, cuando la queja no esté apoyada en hecho cierto o fundada en derecho, debe ser desechada por el tribunal, imponiendo a la parte quejosa y a su patrono, solidariamente, una multa que no exceda de cien pesos, por lo que si la autoridad judicial declara infundado el recurso, obra con apego a la disposición legal citada, imponiendo al quejoso y a su abogado, la multa que estime procedente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359440-8c155a96/queja-en-el-distrito-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 174/35. Cuervo de de la Torre Francisco y coagraviado. 30 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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