ALIMENTOS, REGULACION DE.
Si en la demanda que se entabla sobre alimentos, se precisa el importe de éstos, y el demandado, al contestar la demanda, se limita a negarla, en cuanto a que hubiera dejado de ministrar las cantidades reclamadas, y porque no era exacto que disfrutara del sueldo que se le atribuía; la sentencia no debe ocuparse de la regulación de los alimentos a que pudiera tener derecho el actor, por no haber sido esa cuestión motivo del litigio, y sólo debe resolver la cuestión tal como fue planteada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361628-d45cd7a9/alimentos-regulacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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