CONTRATOS, ERROR MATERIAL EN LOS.
Si en un contrato cometen las partes un error material numérico, esto sólo debe dar lugar a su reparación, la cual debe consistir en rectificar el error. Si se ha pactado el pago de determinada cantidad de dinero en abonos periódicos y, a la vez, que ese mismo pago deberá efectuarse en un plazo determinado, si los abonos no coinciden con el plazo, porque, aun pagados todos en los periodos estipulados, no alcanzan a cubrir la cantidad total del precio, este error numérico debe resolverse ampliando el término, pues es natural que, en este caso, el perjuicio seria para el comprador, si se resolviera de otra manera.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362588-f806c080/contratos-error-material-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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