MORA.
La mora es el retraso en el cumplimiento de la obligación, y debe distinguirse, desde luego, la mora simple de la mora culpable. La primera consiste simplemente en el retraso en el cumplimiento de la obligación, en tanto que, tratándose de la mora culpable, se exige una situación especial, una culpa distinta al simple retraso; algo especial que sea imputable al individuo que incurre en ella, y la interpelación que hace el acreedor al deudor, para exigir el cumplimiento de la obligación, convierte la mora simple en mora culpable; ahora bien, la demanda hace veces de interpelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363169-bb8e6f7a/mora · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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