LEYES DE PAGOS.
La Ley de Pagos de 13 de abril de 1918, y, en general, todas las leyes relativas a pagos, si bien rigen los vínculos jurídicos nacidos de los contratos, es únicamente en lo que dichos vínculos se relacionan con el valor, curso legal, condiciones de la moneda y en general, el régimen monetario de la República; cuya materia es de la exclusiva competencia de los Poderes de la Unión y no del dominio de las legislaciones de los Estados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363218-de864873/leyes-de-pagos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3780/30. Juárez Emilio. 21 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- LEY DE PAGOS. (s/clave)
- LEY DE PAGOS. (s/clave)
- LEY DE PAGOS. (s/clave)
- LEYES DE PAGOS. (s/clave)
- LEYES DE PAGOS. (s/clave)
- LEY DE PAGOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis