FORMA DEL JUICIO.
Aun admitiendo que el documento base de la acción sea mercantil y no civil, el hecho de que el Juez siga el procedimiento en la vía últimamente mencionada, no constituye violación de garantías individuales, en perjuicio del demandado, ya que en el procedimiento mercantil son menos amplias las defensas que pueda tener la parte reo y mayores en la vía civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363547-b6577f37/forma-del-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2168/30. Herrera Jacinto y coagraviado. 11 de diciembre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz no concurrió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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