SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO.
En los casos en que por denuncia de un hecho delictuoso, se manda suspender el procedimiento, lo único que la suspensión afecta son, propiamente, los procedimientos del juicio; en otros términos, lo que la ley quiere, es que no se modifique en modo alguno el estado del juicio, entre tanto se sustancia y decide el incidente que le pone obstáculos; pero los procedimientos accesorios al principal, que se hallan en suspenso, se pueden continuar, pues lo contrario daría lugar a argucias y procedimientos de mala fe, que trajeran como consecuencias, entre otras, que los depositarios o interventores eludieran el cumplimiento de sus obligaciones legales y quedara sin efecto la traba de ejecución; así, debe concluirse que la suspensión del procedimiento principal, por razón de un incidente criminal, no es causa bastante para que no pueda actuarse en relación con la intervención, pudiendo los Jueces, por lo mismo, aun estando en suspenso el procedimiento en lo principal, hacer uso de las medidas de apremio para compeler a los depositarios e interventores a que cumplan con sus obligaciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363612-97981fc2/suspension-del-procedimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO, NATURALEZA DE LA. (s/clave)
- SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL, SUSPENSION DEL. (s/clave)
- SUSPENSION DE PROCEDIMIENTO IMPROCEDENTE POR SER ESTE DE ORDEN PUBLICO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis