FORMA DEL JUICIO.
Si en el juicio ejecutivo mercantil no se admite o no se opone oportunamente excepción alguna, contra la forma del juicio, o, lo que es igual, contra la procedencia de la vía ejecutiva, el Juez debe declarar procedente esa acción y decidir definitivamente sobre los derechos controvertidos, porque en este caso, el auto que da forma al juicio es ejecutorio y definitivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363894-1a081ebb/forma-del-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3986/28. Quick H. B. 27 de febrero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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