DERECHOS A SALVO.
La resolución judicial que deja a salvo los derechos del litigante, para que los deduzca en el juicio que corresponda, no puede decirse que deja a aquél sin defensa, puesto que, al contrario, la tiene muy amplia en el juicio que puede promover.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364668-e5f27289/derechos-a-salvo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1938/28. Lasquetty María y coagraviados. 25 de abril de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DERECHOS A SALVO. AGRAVIOS. (s/clave)
- RESERVACION DE DERECHOS. (s/clave)
- DERECHOS, DECLARACION DE DEJAR A SALVO LOS. (s/clave)
- DERECHO DE DEFENSA. (s/clave)
- DEFENSA. (s/clave)
- RESOLUCIONES JUDICIALES, FUNDAMENTO DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis