QUIEBRAS.
El síndico definitivo de la quiebra, a quien corresponde formar y presentar el proyecto de graduación de créditos, será removido de su puesto, si no presenta ese proyecto dentro de seis meses después de la celebración de la primera junta de acreedores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364679-d4f3e16a/quiebras · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 990/26. Sarlat Ramón y coagraviado. 29 de abril de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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