FORMA DEL JUICIO.
La resolución que desecha la demanda interpuesta en la vía sumaria hipotecaria, se basa en leyes de procedimiento, y no deja sin defensa al demandante, ya que éste puede ejercitar sus derechos en la vía que corresponda, pues la misma ley establece que el acreedor hipotecario puede ejercitar su acción, en juicio hipotecario, ejecutivo u ordinario, por tanto, no teniendo la resolución el carácter de irreparable, contra ella es improcedente el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365173-80c26d59/forma-del-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3803/28. Velasco de Morales María. 14 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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