REGISTRO, REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE DOCUMENTOS ANTE EL.
En aplicación de los artículos 21 y 22 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal, para que la fecha de presentación de un documento surta sus efectos se requiere que el título sea inscribible conforme el artículo 3002 del Código Civil, y que se hayan cubierto los derechos correspondientes, pues en este último caso, si no se paga se cancela el asiento de presentación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366180-e704c9b6/registro-requisitos-para-la-presentacion-de-documentos-ante · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3155/55. Banco de Guadalajara, S. A. 14 de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
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