VETERANOS DE LA REVOLUCION. NO LO SON LOS DEFENSORES DE VERACRUZ NI LOS MIEMBROS DE LA LEGION DE HONOR MEXICANA.
Para considerar a un trabajador al servicio del Estado protegido por la Ley En Favor De Los Veteranos de la Revolución, no basta que haya sido uno de los defensores del Puerto de Veracruz en el año de mil novecientos catorce y miembro de la Legión de Honor Mexicana, ya que el artículo 2o. de la citada Ley señala en forma limitativa a los que deben ser considerados como veteranos de la revolución, entre los que no se encuentran los defensores del Puerto de Veracruz ni los miembros de la Legión de Honor Mexicana.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366254-4f4d850e/veteranos-de-la-revolucion-no-lo-son-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- VETERANOS DE LA REVOLUCION. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO VETERANOS DE LA REVOLUCION. (s/clave)
- PENSION DE RETIRO. SERVICIOS A LA REVOLUCION Y AL EJERCITO MEXICANO. (s/clave)
- VETERANOS DE LA REVOLUCION, LOS DERECHOS DE LOS, NO PUEDEN CONSIDERARSE COMO POLITICOS. (s/clave)
- VETERANOS DE LA REVOLUCION. SERVICIOS PRESTADOS ENTRE EL 19 DE NOVIEMBRE DE 1910 Y EL 5 DE FEBRERO DE 1917, DERECHO A LOS BENEFICIOS DE LA LEY. (s/clave)
- VETERANOS DE LA REVOLUCION, CARACTER DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis