CONVENIOS EN MATERIA LABORAL.
Los convenios que se celebran para poner fin a un conflicto, o sea cuando se da por terminado el contrato de trabajo, no constituyen actos respecto de los cuales pueda suponerse que exista renuncia de derechos, pues tales convenios tienen completa eficacia y validez y deben ser respetados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366515-9d2ed47b/convenios-en-materia-laboral · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2007/53. Alejandro Arellano Belloc. 4 de enero de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.
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