Corpus
Modo: Corpus Pro

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, FORMALIDADES DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 366609 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 711

De acuerdo con el artículo 45 del código laboral, el contrato colectivo de trabajo deberá celebrarse por escrito y por triplicado, bajo pena de nulidad; de manera que si una unión de trabajadores expresa que el contrato colectivo lo celebró de manera verbal y no por escrito, es inconcuso que tal contrato verbal, aunque se demuestre su existencia, no puede tener el efecto de ligar a las partes, ni servir de base para el ejercicio de una acción consistente en el cumplimiento de un contrato colectivo de trabajo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366609-70d5bdd0/contrato-colectivo-de-trabajo-formalidades-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 635/53. Unión Sindical de Empleados de Molinos para Nixtamal. 24 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.

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