DESPIDO, PRUEBA DEL.
Cuando se tiene por contestada la demanda en sentido afirmativo, tratándose del despido del trabajador, el demandado sólo puede probar un hecho estrictamente negativo que corresponda a las aseveraciones que contenga la demanda, y que no constituya excepción especial, o sean hechos a que se refiera la reclamación y que tendrían que ser generadores de derechos distintos de los que controvierten los de la demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367107-d9d7cbec/despido-prueba-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3416/54. Pérez Chávez María Teresa. 7 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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