CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO.
Los convenios que fijan un porcentaje de incapacidad, aunque la acepte el actor, no nulifican el derecho de éste a reclamar que se fije por fallo de la autoridad, la verdadera incapacidad que le corresponde, mediante juicio en que se determine técnicamente y por medio de los peritos respectivos, el porcentaje real de la misma, ya que un convenio de tal naturaleza, puede contener renuncia de derechos del trabajador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367867-62c2ca92/convenios-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 233/52. Moreno Díaz Adolfo. 22 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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