Corpus
Modo: Corpus Pro

RIESGO PROFESIONAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 368183 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 111

El hecho de que el patrón no hubiera contratado directamente, a un trabajador, sino por conducto de otro trabajador, no lo libra de ser responsable del accidente de trabajo, ocurrido al trabajador quejoso, en atención a que los empresarios son responsables de los riesgos profesionales de sus trabajadores, aunque los contraten por intermediarios, y sin que obste en contrario, el hecho de que tanto uno como otro trabajador, hayan utilizado elementos propios para ejecutar el trabajo, porque tal cosa es perfectamente legal y no se contrapone a la naturaleza del contrato de trabajo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368183-aa2a24ee/riesgo-profesional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 702/50. Juárez Cruz. 7 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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