DEMANDA DE AMPARO, SU DEPOSITO EN EL CORREO NO INTERRUMPE EL TERMINO PARA SU INTERPOSICION.
Si la demanda de amparo se presenta fuera de los quince días a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Amparo, debe sobreseerse en el juicio, sin tomar en cuenta la fecha de su depósito en la oficina de correos, porque tal forma de presentación solamente es procedente cuando se trata de promociones que se hagan ya dentro del juicio de amparo que se esté tramitando.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370002-8a716bf9/demanda-de-amparo-su-deposito-en-el-correo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6763/48. Rosa Miguel de la. 25 de marzo de 1949. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Hermilio López Sánchez.
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