JUNTAS, INCONFORMIDAD DE LOS REPRESENTANTES QUE LAS INTEGRAN, CON LOS DICTAMENES DE LOS AUXILIARES.
Cuando los representantes del capital y del trabajo no formulan por escrito, dentro de los tres días, su inconformidad con el dictamen del auxiliar de la Junta, si bien tal hecho entraña un incumplimiento de requisitos de forma establecidos en el artículo 536 de la Ley Federal del Trabajo, ese incumplimiento no causa estado de indefensión alguno, que amerite la concesión del amparo que se solicite, si aparece que el negocio fue votado y resuelto en los términos precisados en el artículo 538 del mismo ordenamiento, naturalmente sin perjuicio de que amerite la imposición de sanciones en los términos que al respecto establece la misma Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370601-d83174dd/juntas-inconformidad-de-los-representantes-que-las-integran · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- JUNTAS, OMISION DE LA AUDIENCIA DE RESOLUCION POR LAS. (s/clave)
- AUXILIARES DE LAS JUNTAS, INCONFORMIDAD CON LOS DICTAMENES DE LOS. (s/clave)
- JUNTAS, CUANDO NO ES INDISPENSABLE LA PRESENCIA DE LOS AUXILIARES DE LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, REQUISITOS PARA QUE SEAN VALIDOS LOS LAUDOS DE LAS. (s/clave)
- JUNTAS, AUDIENCIA DE RESOLUCION DE LAS. (s/clave)
- JUNTAS, PROCEDIMIENTO ANTE LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis