JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
Cuando las Juntas omiten en sus laudos el análisis de unos testimonios, debe concederse el amparo en su contra, porque están en la obligación de analizar las pruebas, para concluir en su caso, que no les merece fe alguna, expresando las razones que para ello tengan.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370750-6c069018/juntas-apreciacion-de-las-pruebas-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2438/46. Pacheco viuda de Islas Catalina. 15 de marzo de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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