Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DEUDAS DE LOS TRABAJADORES CON EL PATRON, LAS CANTIDADES DE DINERO PERCIBIDAS INDEBIDAMENTE POR LAUDOS, NO DEBEN SER DESCONTADAS AL IGUAL QUE AQUELLAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 370975 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1422

Si el trabajador recibió una cantidad de dinero, en ejecución de un laudo que condenó a la empresa a pagarle una indemnización por concepto de accidente profesional, y este alto tribunal declaró inconstitucional tal laudo, lo que da lugar a que las cosas vuelvan al estado que tenían antes, debiendo el aludido trabajador devolver la cantidad de dinero que recibió indebidamente; debe decirse que no tiene aplicación el artículo 95 de la Ley Federal del Trabajo, por no tratarse de la decretación de algún embargo judicial o administrativo en sus salarios, ni tampoco de una compensación o descuento.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370975-1d10d0c7/deudas-de-los-trabajadores-con-el-patron-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 1859/46. Mora Clemente. 22 de noviembre de 1947. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y Roque Estrada. Relator: Armando Z. Ostos.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis