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Modo: Corpus Pro

TRABAJO, OFRECIMIENTO DE PRUEBAS QUE CONSTITUYEN HECHOS SUPERVENIENTES EN EL PROCEDIMIENTO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 371554 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1908

Si un documento que constituye un hecho superveniente, fue presentado ante la Junta responsable, un día después de la audiencia de prueba, es claro que dicha junta no estuvo obligada a tomarlo en cuenta al dictar el laudo reclamado, ya que tal documento debió ser ofrecido como prueba, con apoyo en el último párrafo del artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo, aun cuando ya se hubiera concluido el período de ofrecimiento de pruebas, lo que no se hizo, esto es, la parte quejosa omitió ofrecerlo como prueba en el juicio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371554-eed08d12/trabajo-ofrecimiento-de-pruebas-que-constituyen-hechos-supervenientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 119/46. Muñoz Armando. 6 de marzo de 1947. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Islas Bravo y Roque Estrada. Relator: Luis G. Corona.

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