CESES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, SIN SOLICITAR AUTORIZACION DEL TRIBUNAL DE ARBITRAJE.
Es cierto que la Suprema Corte ha establecido que la omisión de solicitar la autorización del Tribunal de Arbitraje, para cesar a un trabajador del Estado, no impide que pueda el titular del poder público excepcionarse y probar la justificación de la causa del despido de dicho trabajador, sin otra sanción que la de cubrir los salarios correspondientes hasta la oposición de la excepción acreditada; pero como en el caso no se rindió prueba sobre la justificación de la separación del trabajador del Estado, que como excepción opuso el titular, se impuso que la autoridad responsable condenara a dicho titular a la reinstalación del trabajador, aunque sin condenar al pago de los salarios caídos, por no haberse reclamado.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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