PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
La fracción II del artículo 332 de la Ley Federal del Trabajo, dispone que las prescripciones se interrumpen cuando la persona a cuyo cargo corre esa prescripción, reconoce el derecho de aquellos contra quien prescribe, de palabra por escrito o por hechos indudables.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372672-3c110036/prescripcion-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4573/44. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 4 de abril de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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